Adhesión
Central de Contratación
Con fecha 10 de octubre de 2025 y tras el correspondiente expediente de contratación realizado conforme a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la FEMPCLM ha formalizado con la entidad NW FORM, S.L. el “ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE UNIFORMIDAD DE LOS CUERPOS DE LA POLICÍA LOCAL DE CASTILLA-LA MANCHA POR LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DE LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA” (en adelante, ACUERDO MARCO) que permitirá contratar este importante suministro de la Federación a los Ayuntamientos de nuestra región que dispongan de Cuerpo de Policía Local durante los próximos 2 años, con la posibilidad de prórroga de 2 año más.
Se trata de un suministro estable y permanente de prendas y complementos de uniformidad de la Policía Local de la región que cumplen fielmente con las características específicas establecidas en la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha y el reglamento que la desarrolla, a través del Decreto 110/2006, de 17 de octubre; y la Orden de 11/05/2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sobre uniformidad, medios técnicos y de identificación profesional, emblemas y divisas de los Cuerpos de Policía Local y Vigilantes Municipales de Castilla-La Mancha.
El suministro a través del ACUERDO MARCO garantiza su ejecución por una empresa especializada de acreditada solvencia económica, financiera y técnica, además de obtener importantes ahorros económicos en los costes de la uniformidad adquirida por los Ayuntamientos, derivados de las economías de escala obtenidas por la adjudicación del ACUERDO MARCO.
Cualquier Entidad local de Castilla-La Mancha que disponga de Cuerpo de Policía Local y se encuentre adherida previamente a la Central de Contratación de la FEMPCLM puede contratar el suministro de uniformidad y complementos licitados a la empresa NW NORM, S.L. a través de la referida Central sin necesidad de realizar su propia licitación y beneficiarse así de las ventajas administrativas y económicas que dicha licitación les ofrece, evitando la realización de la totalidad de trámites administrativos de carácter contractual que hasta ahora venía obligada a observar la Entidad local.
Los documentos que la Entidad local ha de descargar y cumplimentar son los siguientes:
El procedimiento es muy sencillo y solo requiere dos (2) pasos:
Y ya está, ni siquiera hay que formalizar el contrato ya que los contratos basados se perfeccionan con su adjudicación (art. 36.3 de la LCSP).
En todo caso, para poder perfeccionar el CONTRATO BASADO en el presente ACUERDO MARCO, la Entidad local que se trate ha de figurar en el listado que detalla el Anexo 7 del PCAP (art. 227.4 de la LCSP) y/o cumplir los requisitos para hacerlo que en dicho anexo se establecen.
Otros documentos de interés para su descarga:
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