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PROVINCIA DE TOLEDO: SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y ADQUISICIÓN DE MATERIAL DEPORTIVO NO INVENTARIABLE, AÑO 2026.

 

 

Organismo emisor: Diputación de Toledo.

Disposición: Acuerdo de 29 de mayo de 2026, de la Junta de Gobierno.

BOP Toledo: 3 de junio de 2026.

Ámbito: provincia de Toledo.

Objeto: aprobar las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia, con destino a la financiación de gastos derivados de la prestación de servicios públicos municipales relativos a la realización de actividades deportivas y adquisición de material deportivo no inventariable, durante el año 2026.

Beneficiarios: entidades locales u organismos autónomos administrativos (PDM, IMD.) de la provincia, quedando exceptuados los Ayuntamientos con una población superior a 50.000 habitantes.

Crédito presupuestario: 500.000,00 euros.

Gastos subvencionables:

a. Gastos en material y vestuario deportivo (de las actividades objeto de subvención).

b. Gastos de publicidad y merchandising (de las actividades deportivas objeto de subvención).

c. Gastos de Arbitrajes de actividades deportivas que sean objeto de subvención (torneos, campeonatos, maratones y competiciones cuya duración no exceda de siete días).

d. Gastos de organización de actividades deportivas realizados a través de empresas.

e. Gastos de seguros relacionados con las actividades deportivas objeto subvención.

f. Gastos por servicios médicos y sanitarios prestados para la realización de la actividad deportiva objeto de subvención.

g. Gastos de avituallamiento de los participantes del evento deportivo objeto de subvención (provisión y abastecimiento de elementos sólidos, agua o bebidas isotónicas con los que puedan rehidratarse los deportistas participantes).

h. Gastos en trofeos y medallas.

i. Gastos de transporte de material específico y necesario para el desarrollo de la actividad objeto de subvención.

Solicitudes:

- La presentación se realizará a través de la sede electrónica de la Diputación; a través de ORVE; o a través de cualquier otro registro electrónico previsto en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- El plazo de presentación será de quince días a contar desde el siguiente a la publicación de las bases y la convocatoria en el BOP.

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