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PRINCIPIO DE PRUDENCIA FINANCIERA

 

 

PRINCIPIO DE PRUDENCIA FINANCIERA

DISPOSICIÓN: Resolución de 2 de junio de 2017, de la Dirección General del Tesoro.

OBJETO: Se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 16 de septiembre de 2016, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

FUENTE: B.O.E. nº 134, de 6 de junio de 2017
El Anexo 1 a que refiere la Resolución se refiere a los Tipos de Interés y diferenciales del coste de financiación del Estado a efectos del cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 16 de septiembre de 2016, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.


Para descargar el texto completo de la Resolución pinche aquí:

 

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