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Subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2017.

 

Órgano emisor: Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales.

Disposición: Resolución de 01/08/2017.

D.O.C.M.: 7 de agosto de 2017.

Ámbito: Autonómico.

Objeto: Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2017, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 04/08/2009, de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de esta convocatoria.

Crédito presupuestario: 496.678,94 euros.

Beneficiarios:

a) Entidades Locales:

1º. Ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha.
2º. Entidades Locales Menores pertenecientes a dichos Ayuntamientos.
3º. Entidades de carácter supramunicipal de las que formen parte uno o varios de dichos Ayuntamientos y hayan sido creadas por la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias en materia de régimen local.

b) Entidades empresariales:

1º. Entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales y cuya actividad principal se desarrolle en ella.
2º. Empresarios autónomos en los siguientes supuestos:
- Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia socioeconómica de un Parque Nacional.
- Cuando residan en el área de influencia socioeconómica de un Parque Nacional y pretendan implantar su actividad en ella.
- Cuando no residan en dicha área de influencia socioeconómica pero vengan realizando en el interior de un Parque
Nacional actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.

c) Las personas físicas residentes en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.

d) Instituciones sin fines de lucro:

1º. Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social o la de alguna de sus secciones o delegaciones radique en el área de influencia socioeconómica de un Parque Nacional, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o
uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura
tradicional.
2º. Asociaciones de Municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica de uno o varios Parques Nacionales, constituidas para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

e) Otros beneficiarios:

1º. Entidades de Derecho Público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables y cuya actividad esté relacionada con su aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica de alguno de los Parques Nacionales.
2º. Agrupaciones de propietarios de terrenos en el interior de un Parque Nacional que se hubieran constituido para la explotación racional en común de los recursos renovables propios de dichos terrenos, siempre que tales actividades
hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.

Iniciativas subvencionables:

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales y empezará a contar desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la Resolución.

Para descargar la convocatoria haga click aquí.

 

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