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Creación de la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas y regulación de la remisión de información por el Banco de España y las entidades financieras al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Órgano emisor: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Disposición: Real Decreto 636/2014, de 25 de julio.

B.O.E.: 30 de julio de 2014.

Ámbito: Estatal.

Objeto:

1. Creación de la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas: Se proveerá con carácter público de información sobre la actividad económico-financiera de las distintas Administraciones Públicas, en el portal web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

La gestión de la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas será competencia del órgano adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que se establezca en su Real Decreto de estructura orgánica.

Funciones:

Información que se publicará a través de la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas:

2. Remisión de información por el Banco de España y las entidades financieras: El Banco de España remitirá al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la información suministrada por los bancos, cajas de ahorro y las demás entidades financieras a la Central de Información de Riesgos del Banco de España, relativa a las operaciones de crédito concertadas por las Administraciones Públicas con esas entidades financieras, incluidos los avales, reavales o cualquier otra clase de garantías otorgadas en el marco de estas operaciones de crédito. Asimismo, deberá remitir al órgano competente, por razón de la materia, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la información relativa a las operaciones de crédito que hayan concertado cada una de las Administraciones Públicas y sus entidades y organismos vinculados o dependientes con los bancos, cajas de ahorro y demás entidades financieras, así como su posición deudora, u otros datos concretos relativos a su endeudamiento o determinadas operaciones de crédito.

Para descargar la disposición haga click aquí.

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