Portada > ACT. JURIDICA > Portada

Conexiones suplementarias a las infraestructuras de abastecimiento de agua potable en alta gestionadas por la Administración Regional.

Órgano emisor: Consejería de Fomento.

Disposición: Orden de 16 de junio de 2014.

D.O.C.M.: 18 de junio de 2014.

Ámbito: Autonómico.

Objeto: Regular las conexiones suplementarias a las infraestructuras de abastecimiento “en alta”, gestionadas por la Administración regional, que sean solicitadas por las entidades locales de Castilla-La Mancha y que permitan suministrar agua potable a sus vecinos.

Ámbito subjetivo:

Presupuestos de viabilidad de la autorización

1. Que la entidad local que solicita la conexión tenga suscrito con la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha convenio de colaboración en vigor para el abastecimiento de agua.

2. Que se trate de dar servicio a una construcción aislada debidamente legalizada, quedando excluidas las conexiones para dar solución a las actuaciones urbanísticas aprobadas en desarrollo de los instrumentos de ordenación municipal o regional.

3. Que las redes de distribución de las entidades locales solicitantes no lleguen a las propiedades a las que se pretende abastecer, y siempre y cuando, la parcela sobre la que se asienta la construcción no disponga de recursos hídricos naturales alternativos.

4. Que el motivo por el cual no llegan a dichas propiedades sea debido a una de las siguientes opciones:

5. Que la implantación de la conexión no perjudique o altere en modo alguno el funcionamiento general de la infraestructura en alta. En tal sentido, será presupuesto necesario para que el punto de suministro pretendido no comprometa el sistema de conducción de la red de abastecimientos existente, que la conexión se realice a un depósito regulador existente.

Será de cuenta de la entidad solicitante la ejecución de la conexión solicitada, así como la obtención de todos los permisos necesarios para la ejecución de la misma, siendo de su responsabilidad exclusiva las obras que sean precisas para dotar el servicio. Todos los trabajos de ejecución se supervisarán por los servicios técnicos adscritos a la Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha.

Para descargar la Orden haga click aquí.

 

Arriba Volver Atrás

NEWSLETTER

Suscríbase para recibir todas las noticias en tu correo electrónico

Acepto los términos y condiciones de la Política de Privacidad
Diseño y Desarrollo web Im3diA comunicación

Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en su navegador cada vez que visita nuestra página web. La utilidad de las cookies es guardar el historial de su actividad en nuestra página web, de manera que, cuando la visite nuevamente, ésta pueda identificarle y configurar el contenido de la misma en base a sus hábitos de navegación, identidad y preferencias. Las cookies pueden ser aceptadas, rechazadas, bloqueadas y borradas, según desee. Ello podrá hacerlo mediante las opciones disponibles en la presente ventana o a través de la configuración de su navegador, según el caso. En caso de que rechace las cookies no podremos asegurarle el correcto funcionamiento de las distintas funcionalidades de nuestra página web. Más información en el apartado “POLÍTICA DE COOKIES” de nuestra página web.