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Subvenciones para promover la cultura de defensa correspondiente al año 2015.

Órgano emisor: Ministerio de Defensa.

Disposición: Orden DEF/498/2015, de 17 de marzo.

B.O.E.: 23 de marzo de 2015.

Ámbito: Estatal.

Objeto: Publicar las normas de procedimiento para la gestión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, como apoyo a la realización de actividades de fomento y difusión de la cultura de defensa, que se realicen desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de 2015, que promuevan el conocimiento de la Defensa como elemento esencial para garantizar la seguridad y el bienestar de España y de los españoles.

Beneficiarios:

Crédito presupuestario: 195.620,00 €.

Actividades subvencionables: Cursos, seminarios, jornadas de debate y conferencias, exposiciones y otras actividades de carácter divulgativo, que tengan especial incidencia en el ámbito universitario y en la enseñanza primaria y secundaria, sobre:

- La defensa como elemento esencial del Estado para garantizar la seguridad y el bienestar de España y de los españoles.

- El análisis de los riesgos y las amenazas actuales para la seguridad, los instrumentos necesarios para garantizar la defensa (los recursos humanos y materiales y los presupuestos).

- La seguridad compartida con socios y aliados y las misiones de las Fuerzas Armadas.

- Las misiones de las Fuerzas Armadas.

- Los proyectos y actos conmemorativos que pongan en valor la historia militar y el patrimonio cultural de las Fuerzas Armadas españolas.

Gastos subvencionables:

  1. Gastos de personal: Arrendamientos de servicios de profesionales para la coordinación de jornadas o exposiciones, pago a conferenciantes y moderadores de seminarios, labores de secretariado, arrendamiento de servicios de intérpretes y empresas de traducción, así como las dietas y gastos de viaje, alojamiento y manutención del personal organizador o participante en las actividades objeto de subvención.
  2. Gastos logísticos: Alquileres de locales y de servicios técnicos para la realización de las actividades, además de los gastos generales, como el material de oficina, teléfono, luz, correo o acceso a internet.
  3. Gastos de difusión.
  4. Gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales.

Criterios de valoración:

1. Interés e idoneidad del proyecto.
2. Experiencia, capacidad de gestión y grado de fiabilidad de la entidad solicitante.
3. El coste del proyecto.

El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el 11 de abril de 2015.

Para descargar las bases reguladoras haga click aquí.

Para descargar la convocatoria haga click aquí.

 

 

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