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SUBVENCIONES PARA AYUNTAMIENTOS EN LAS ÁREAS DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DE LOS PARQUES NACIONALES EN CASTILLA-LA MANCHA

 

 

SUBVENCIONES PARA AYUNTAMIENTOS EN LAS ÁREAS DE INFLUENCIA
SOCIOECONÓMICA DE LOS PARQUES NACIONALES EN CASTILLA-LA MANCHA

DISPOSICIÓN: Resolución de 26/11/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

OBJETO: Se convocan  para 2018 las ayudas para la concesión de subvenciones públicas a ayuntamientos situados en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabañeros y del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel (en adelante Parques Nacionales de castilla-La Mancha) para la realización de actividades y proyectos en su interior en desarrollo del Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha, en régimen de concesión directa, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 76/2018, de 23 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ayuntamientos cuyos municipios forman parte de las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha, publicado en el D.O.C.M nº 213 de 23 de octubre.

Estas subvenciones tienen la finalidad de mejorar el nivel y la calidad de vida de la población del área de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales ubicados en Castilla-La Mancha, de forma compatible con la conservación ambiental y considerando los Parques como un activo importante de desarrollo económico local.

FUENTE: D.O.C.M. nº 232 de 28 de noviembre de 2018.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones los Ayuntamientos de los municipios situados en las Áreas de Influencia Socioeconómica de los Parques Nacionales ubicados en Castilla-La Mancha.

REQUISITOS DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS: Para obtener la condición de beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y del reintegro de subvenciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursas en los casos que se establecen en el art. 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobada por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, ni aquellas en las que la persona que ostente su representación se halle incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

b) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Los requisitos para ser beneficiario deben cumplirse en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

La acreditación de los requisitos establecidos en este apartado, se realizará mediante declaración responsable incluida al efecto en el modelo de solicitud de la ayuda establecido en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.1.e) del Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, (Decreto 21/2008, de 5 de febrero).

SOLICITUDES: Las solicitudes para la obtención de estas ayudas, según los modelos de los anexos de la Resolución de convocatoria, se dirigirán, junto con el resto de documentación exigida, obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es a la persona titular de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales.

En ningún caso serán consideradas como registro válido para la presentación de solicitudes, o en su caso documentación complementaria, las oficinas de los Parques Nacionales.

PLAZO: El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la Convocatoria.

Para descargar el texto completo de la convocatoria y de su extracto pinche aquí:


 

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