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Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la JCCM, sobre diversas actuaciones de coordinación en materia de contratación pública.

Órgano emisor: Consejería de Hacienda.

Disposición: Resolución de 06/03/2015.

D.O.C.M.: 12 de marzo de 2015.

Ámbito: Autonómico.

Objeto: Publicar el convenio de colaboración suscrito el 02/03/2015, entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sobre diversas actuaciones de coordinación en materia de contratación pública de cara a la realización de las siguientes actividades:

I. Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Público para aportar información sobre los procesos de contratación en el ámbito de competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, inicialmente mediante un intercambio de información entre portales o sistemas informáticos similares de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Administración General del Estado, dejando para un momento posterior la integración o utilización de una única Plataforma de Contratación.

Su finalidad es unificar la publicación de las convocatorias de licitaciones de todas las entidades pertenecientes al Sector Público, y sus resultados en un mismo sistema de información que ofrezca a través de internet toda la información de forma accesible a las empresas y ciudadanos.

Se pretende con ello facilitar el cumplimiento de la disposición adicional tercera de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de unidad de mercado, en la que se establece que: “La Plataforma de Contratación del Estado regulada en el artículo 334 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, pasará a denominarse Plataforma de Contratación del Sector Público.

En la Plataforma se publicará, en todo caso, bien directamente por los órganos de contratación o por interconexión con dispositivos electrónicos de agregación de la información de las diferentes administraciones y entidades públicas, la convocatoria de licitaciones y sus resultados de todas las entidades comprendidas en el apartado 1 del artículo 3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.“

II. Consolidación en un único Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público de los asientos del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (Rolece) y los del Registro Oficial de Licitadores de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Segunda tras la apertura del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, ambas Administraciones practicarán en él las inscripciones registrales que actualmente son practicadas en sus respectivos Registros, a los que el nuevo Registro sustituye a todos los efectos, de acuerdo con el procedimiento al que se refiere la Cláusula Tercera Dichas inscripciones tendrán los mismos efectos y plena eficacia frente a todos los órganos de contratación del Sector Público, sin distinción alguna por razón de la Administración que las haya practicado.

Su objeto es coordinar y consolidar en un único Registro toda la información actual y futura relativa a empresarios y demás operadores económicos, tanto la inscrita o susceptible de inscripción en el Rolece como la inscrita o susceptible de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, manteniendo invariables las competencias de las respectivas Administraciones respecto de la tramitación y resolución de los expedientes de inscripción registral, pero otorgando los mismos efectos y eficacia plenos frente a todos los órganos de contratación del Sector Público a los asientos practicados en el Registro por ambas Administraciones.

Entrada en vigor: El presente Convenio producirá efectos desde el momento de su firma y tendrá una duración de cinco años.

Para descargar la Resolución haga click aquí.

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