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Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

 

Órgano emisor: Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Disposición: Decreto 213/2015, de 27/10/2015.

D.O.C.M.: 20 de octubre de 2015.

Ámbito: Autonómico.

Objeto: Aprobar el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, regulando un conjunto de programas de formación y de empleo, de carácter urgente y extraordinario, para atender de forma inmediata a las situaciones de emergencia de nuestro mercado de trabajo, a fin de ofrecer oportunidades ciertas e inmediatas de empleo y formación a personas desempleadas de la región, en especial a las que tienen más dificultades en obtener un puesto de trabajo.

Líneas de subvención:

1. “Programa de iniciativa para el empleo y la cualificación joven”:

a) Ayudas para la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje para jóvenes sin cualificación.
b) Ayudas para la formalización de los contratos en prácticas.
c) Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje y los contratos en prácticas. 

2. “Programa de rescate frente al desempleo de larga duración”.

3. Ayudas para el establecimiento por cuenta propia de las personas desempleadas mayores de 55 años, así como de las personas contratadas mediante los contratos para la formación y el aprendizaje y los contratos en prácticas “contratos puente".

Programa de iniciativa para el empleo y la cualificación joven.

Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa.

Beneficiarios:

Las solicitudes se presentarán telemáticamente finalizando el plazo de presentación de las mismas el 31 de octubre de 2016.

Las solicitudes de ayudas referidas a aquellos contratos formalizados a partir del día 31 de octubre de 2015, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del contrato y, como máximo, hasta el día 31 de octubre de 2016.

Programa de rescate frente al desempleo de larga duración.

Se otorgarán y tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, previa aprobación de las bases reguladoras de subvenciones mediante Orden de la Consejería y su correspondiente convocatoria pública.

Ayudas para el establecimiento por cuenta propia de las personas desempleadas mayores de 55 años, así como de las personas contratadas mediante los contratos para la formación y el aprendizaje y los contratos en prácticas “contratos puente".

Se regularán en el correspondiente Decreto, mediante el procedimiento de concesión directa.

Para descargar el DECRETO haga click aquí.

 

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