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Ayudas correspondientes a las actuaciones de programación conjunta tipo COFUND, contempladas en el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad.

Órgano emisor: Ministerio de Economía y Competitividad.

Disposición: Resolución de 25 de octubre de 2013.

B.O.E.: 29 de octubre de 2013.

Ámbito: Estatal.

Objeto: Aprobar la convocatoria para el año 2013 de acciones de programación conjunta dentro del Programa Estatal de Retos para cofinanciar programas estratégicos, científicos y de contratación de recursos humanos asociados al programa COFUND del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico (en adelante, 7PM), que hayan sido aprobados y que estén liderados por entidades españolas ejecutoras de I+D+I, facilitando la implementación del plan estratégico internacional en materia de I+D+I de dichas entidades.

Finalidad:

Beneficiarios: Personas jurídicas sin ánimo de lucro que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:

  1. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  2. Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el Registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  3. Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
  4. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  5. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
  6. Entidades públicas y privadas que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y que generen conocimiento científico o tecnológico.
  7. Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.

También tendrán la consideración de beneficiarios las entidades asociadas al beneficiario que se comprometan a efectuar parte o la totalidad de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de éste, pudiendo también imputar gasto.

Se consideran miembros asociados aquellos que tengan con el beneficiario una relación o vínculo de carácter jurídico no contractual, que se encuentre recogido en sus estatutos, en escritura pública o en documento análogo de constitución.

Los miembros asociados deberán ser personas jurídicas pertenecientes a alguna de las categorías descritas anteriormente.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 30 de octubre de 2013 y finaliza el 6 de noviembre de 2013 a las 15:00 horas .

Para descargar la convocatoria haga click aquí.

 

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